viernes, 17 de abril de 2009

Algunas de las fotos de la brigada UNICA






Fotos de la promocion de la Brigada de Derechos Humanos de la Universidad Catolica Cecilio Acosta.

El dia miercoles 15 de abril del 2009 se comenzó a realizar en la UNICA la promoción de esta brigada la cual quiere dar a conocer que son los derechos humanos, que cada persona conozca sus derechos.


se realizaron pancartas, folletos, para entregar a los estudiantes de la institucion.



Organos de los Derechos Humanos

  • Los órganos basados en la Carta incluyen la antigua Comisión de Derechos Humanos, el Consejo de Derechos Humanos y los Procedimientos Especiales. La Comisión fue reemplazada por el Consejo, cuya primera reunión se celebró el 19 de junio de 2006. Este órgano intergubernamental, que se reúne en Ginebra durante 10 semanas al año, está compuesto por 47 Estados miembros de las Naciones Unidas elegidos por un periodo inicial de tres años, y no pueden ser elegidos por más de dos periodos consecutivos. El Consejo de Derechos Humanos es un foro que tiene la facultad de prevenir los abusos, la desigualdad y la discriminación, proteger a los más vulnerables y denunciar a los perpetradores.

    Los mandatos de los Procedimientos Especiales por lo general encomiendan a los titulares de los mandatos a examinar, supervisar, asesorar e informar públicamente acerca de situaciones de derechos humanos en países o territorios específicos, conocidos como mandatos por país, o sobre los principales casos de violaciones de derechos humanos en todo el mundo, denominados mandatos temáticos. Hay actualmente 30 mandatos temáticos y 8 mandatos sobre países específicos. Todos informan al Consejo de Derechos Humanos sobre sus conclusiones y recomendaciones. En algunas ocasiones son el único mecanismo que sirve para alertar a la comunidad internacional sobre determinadas cuestiones de derechos humanos.

    La OACDH facilita la labor de los relatores, representantes y grupos de trabajo a través de su División de Procedimientos Especiales (DPE) a mantener 27 mandatos temáticos; y la División de Investigación y del Derecho al Desarrollo (DIDD), que busca mejorar la integración de los estándares y principios de derechos humanos, incluyendo los derechos al desarrollo; mientras que la División de Operaciones sobre el Terreno y Cooperación Técnica (DOTCD) presta apoyo a mandatos por país.

    Órganos de tratados

    Desde que se adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948, todos los Estados miembros de la ONU han ratificado al menos uno de los principales tratados internacionales de derechos humanos, y el 80 por ciento ha ratificado cuatro o más. Los Estados han pasado a formar parte de nueve principales tratados independientes, interrelacionados y mutuamente complementarios, para hacer cumplir los derechos humanos. Hay nueve principales tratados internacionales de derechos humanos, uno de los cuales, sobre desapariciones forzadas, no han entrado aún en vigor.

  • Los ocho órganos de tratados de derechos humanos están constituidos por comités de expertos independientes encargados de supervisar la aplicación de los principales tratados internacionales de derechos humanos. Se han creado de conformidad con lo dispuesto en los tratados que supervisan. La OACDH presta apoyo a los órganos de tratados en la armonización de sus métodos de trabajo y los requisitos en materia de presentación de informes a través de sus secretarías.

    • El Consejo de Derechos Humanos
    • lAs Comision de Derechos Humanos (substituido por el Consejo de Derechos Humanos)

Iguales y no discriminatorios

La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.

Derechos y obligaciones

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos . La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

miércoles, 15 de abril de 2009

jueves, 19 de marzo de 2009

Brigada De Derechos Humanos Unica


Esta propuesta nace por un grupo de estudiantes denominados “Brigada UNICA”, que están dispuestos a dar a conocer que son los derechos humanos en todas las aulas y departamentos de la Universidad Católica Cecilio Acosta , al igual que en otras instituciones educativas de Maracaibo en un periodo de tres meses.

Para la brigada UNICA es importante darle a conocer a toda lo comunidad universitaria que son lo derechos humanos. Bien lo dice Kofi Annan, "los derechos humanos son sus derechos. Tómenlos, defiéndalos, promuévalo, entiéndalos e insistan en ellos, nútranlos y enriquézcanlo... Son lo mejor de nosotros, den les vida”.

Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, cuyo texto completo figura en las páginas siguientes. Tras este acto histórico, la Asamblea pidió a todos los Países Miembros que publicaran el texto de la Declaración y dispusieran que fuera distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza, sin distinción fundada en la condición política de los países o de los territorios.

Los Derechos Humanos

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.